¿Qué es la pensión por divorcio?

De acuerdo a la página Divorcio Fácil, la pensión en el divorcio es la prestación económica que hace un cónyuge para con el otro en caso de que por el divorcio alguno de ellos cae en desequilibrio económico.

Esta prestación surge del principio de equidad e igualdad entre las partes, ya que de forma regular la cónyuge mujer no se dedica a las actividades laborales fuera de casa, sino que estas se realizan de forma reiterativa dentro del hogar. Esto es con las actividades propias de la casa, administración de los bienes y el cuidado demandante de la familia.

Es importante señalar, que la pensión compensatoria se puede establecer a través de la propuesta del convenio reguladora del divorcio, formulado por las partes de mutuo acuerdo. Las condiciones establecidas en él, una vez que sea aprobado por el juez de conocimiento y ratificado por las partes, se elevarán a la calidad de convenio y se podrá exigir el cumplimiento de este.

Por otro lado, si no hay acuerdo entre las partes, el juez valorará la situación económica de cada una y la procedencia de la pensión compensatoria esta se puede establecer a través de sentencia enunciada por autoridad judicial competente.

Requisitos para solicitar la pensión

  • Que el matrimonio se haya celebrado bajo el régimen de separación de bienes.
  • Tienen su alcance jurídico cuando se produce la disolución del vínculo matrimonial.
  • No es una pensión alimentaria.
  • Que el demandante se haya dedicado en el lapso en que duró el matrimonio preponderantemente al desempeño del trabajo del hogar como son, las tareas de administración, dirección y atención del mismo o cuidado de la familia, entre otros.
  • Puede acordarse por los cónyuges, en el convenio regulador del divorcio.
  • Se puede pactar a petición de parte, del cónyuge que el divorcio le genere un estado de desequilibrio.
  • ¿En qué casos se puede solicitar?

El juzgador tomará en cuenta para fijar la necesidad de la pensión compensatoria, las siguientes causas o factores:

  • Que el cónyuge solicitante se haya dedicado preponderantemente a la familia y al hogar.
  • Matrimonio se haya celebrado bajo el régimen de separación de bienes.
  • Que la disolución del vínculo matrimonial, le genere una inestabilidad económica diferente a la anterior del divorcio.
  • ¿Quién puede solicitar la pensión?
  • Los hijos menores de edad o mayores estudiando, siempre que el grado de estudio corresponda a la edad y los incapacitados.
  • Cónyuge o concubino.
  • Los padres o abuelos, ascendientes en línea recta.
  • Tíos primos, Parientes colaterales hasta el cuarto grado.
  • El tutor.
  • Ministerio Público.